Derecho Aplicable

Notificación

Bilateral

Convenio de Asistencia Judicial y de Reconocimiento y Ejecución de Sentencias en Materia Civil, firmada con la República Italiana.(Aprobado por Ley 23.720)

La solicitud de ejecución de la comisión rogatoria deberá indicar:

a) La autoridad judicial requirente;

b) La autoridad judicial requerida, si fuera posible;

c) La identificación del proceso dentro del cual la comisión rogatoria fuera requerida;

d) La identidad, el domicilio o lugar de residencia, la nacionalidad y la profesión de las partes y, eventualmente, de sus representantes;

e) El objeto de la comisión rogatoria y los actos a diligenciar.

A los fines de la presente convención los instrumentos, las copias y las traducciones redactadas o autenticadas por la autoridad competente de cada una de las Partes y provistas de la firma y sello oficial, estarán exentos de toda forma de legalización para ser utilizados ante la autoridad de la otra Parte, excepto lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 23 de la presente convención.

Las solicitudes de asistencia judicial, y los documentos correspondientes, serán redactados en el idioma de la Parte requirente y acompañados de una traducción efectuada por traductor público, en el idioma de la Parte requerida. 

Los documentos relativos al diligenciamiento de la comisión rogatoria serán trasmitidos a la Parte requirente en el idioma de la Parte requerida.