Derecho Aplicable

Obtención de pruebas

Multilateral

Protocolo Adicional a la Convención Interamericana sobre Recepción de Pruebas en el Extranjero en materia Civil y Comercial.(Aprobada por Ley 24.037)

Los exhortos o cartas rogatorias en que se solicite la obtención de pruebas se elaborarán según el formulario A del Anexo de este Protocolo, y deberán ir acompañados de la documentación a que se refiere el artículo 4 de la Convención y de un formulario elaborado según el texto B del Anexo a este Protocolo.